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Reglamento de Agentes de Seguros y de Fianzas

Extracto:

Reglamento de Agentes de Seguros y de Fianzas


REGLAMENTO DE AGENTES DE SEGUROS Y DE FIANZAS

D. O. F. 18 DE MAYO DE 2001

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República.

VICENTE FOX QUESADA, Presidente Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos, en ejercicio de la facultad que me confiere el artículo 89, fracción I, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y con fundamento en lo dispuesto en los artículos 31, fracción VIII, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, 1o., 23, 24, 41, 42, 138, 139,139 Bis y demás relativos de la Ley General de Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros y 1o., 87, 88, 89, 89 Bis, 90, 110, 111 y demás relativos de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, he tenido a bien expedir el siguiente

REGLAMENTO DE AGENTES DE SEGUROS Y DE FIANZAS

CAPÍTULO PRIMERO

DISPOSICIONES GENERALES

ARTÍCULO 1

Para efectos de este Reglamento se entenderá por:

I. - Ley de Seguros, la Ley General de Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros;

II. - Ley de Fianzas, la Ley Federal de Instituciones de Fianzas;

III. - Secretaría, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público;

IV. - Comisión, la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas;

V. - Aseguradora, la institución de seguros autorizada conforme a lo establecido en la Ley General de Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros;

VI. - Afianzadora, la institución de fianzas autorizada conforme a lo establecido en la Ley Federal de Instituciones de Fianzas;

VII. - Institución, la Aseguradora o la Afianzadora o ambas, según corresponda;

VIII. - Agente, la persona física o moral autorizada por la Comisión para realizar actividades de intermediación en la contratación de seguros o de fianzas, pudiendo ser:

a).- Personas físicas vinculadas a las Instituciones por una relación de trabajo, en los términos de los artículos 20 y 285 de la Ley Federal del Trabajo, autorizadas para promover en nombre y por cuenta de las Instituciones, la contratación de seguros o de fianzas;

b).- Personas físicas independientes sin relación de trabajo con las Instituciones, que operen con base en contratos mercantiles, y

c).- Personas morales que se constituyan como sociedades anónimas para realizar dichas actividades;

IX. - Agente mandatario, el agente designado por las Instituciones para que a su nombre y por su cuenta actúe con facultades expresas;

X. - Apoderado, quien habiendo celebrado contrato de mandato con agentes personas morales, se encuentre expresa...


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